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03/09/10
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OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR Foto CONSUMO1

O.M.I.C.
Plaza Príncipe de España s/n 3ª Pla.
28400 Collado Villalba
Tfno. 91 849 98 00 
Fax. 91 851 07 26

Email: omic@ayto-colladovillalba.org
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HORARIO

Lunes a Viernes de 9 a 14 horas.

INTRODUCCIÓN

La actividad que realiza el Área de Consumo se encuentra centralizada en la O.M.I.C. (Oficina Municipal de Información al Consumidor).

Dicha oficina tiene su propio cometido dentro de las funciones que asume el departamento, no obstante al ser el órgano de comunicación entre la Administración y el consumidor, de ella van a nacer la mayoría de las actividades.

Las funciones principales de la O.M.I.C. son las siguientes.
  • Información, ayuda y orientación a los consumidores para que puedan ejercer sus derechos.
  • Resolución de conflictos
  • Educación y formación en materia de consumo
  • Inspección y control de mercado
  • Edición, entrega y control de las hojas de reclamaciones del Sistema Unificado (S.U.R)
  • Mercadillo ambulante


ICO_DESTACADO  DESTACADOS  
  Flecha naranjaNOTICIAS: Información sobre novedades    
  Flecha_verdeORDENANZAS
  Flecha_verdeMEMORIA OMIC 2009
  ico_decripcion-tramites1DESCRIPCIÓN DE TRÁMITES  
  ico_tramites-online1TRÁMITES ON-LINE  
   

INFORMACION, AYUDA Y ORIENTACION

La OMIC asiste a los ciudadanos para resolver sus dudas sobre los derechos que tienen como consumidores y les informa sobre como actuar en caso de no estar satisfechos con un producto adquirido o un servicio contratado, facilitando la presentación de una reclamación.

Además de la información general facilitada sobre los derechos de los consumidores y los cauces para interponer quejas y reclamaciones por parte de los mismos, la OMIC facilita información sobre diversos sectores: telecomunicaciones, talleres de reparación de vehículos, SAT, vivienda, tintorerías, servicios bancarios etc. Así como las direcciones y teléfonos de organismos que pudieran ser de su interes.

RESOLUCION DE CONFLICTOS

Otra de las líneas de actuación de la OMIC consiste en la recogida, tramitación y solución de las reclamaciones que los consumidores presentan cuando tienen algún conflicto en sus actos de consumo.

Una vez recepcionadas las reclamaciones los pasos a seguir son los siguientes:

         MEDIACION: Cuando el establecimiento reclamado esta domiciliado en el municipio, la OMIC intentará una resolución voluntaria  realizando la mediación entre las partes.

          ARBITRAJE DE CONSUMO: En caso de no fructificar la mediación, se informa al reclamante de la posibilidad de la resolución a través del arbitraje de consumo, explicándole que si la empresa reclamada no esta adherida a este Sistema, el sometimiento del reclamado a este  es de carácter voluntario.

         TRASLADO: A las reclamaciones que por competencia técnica o territorial, no se deban tramitar por esta OMIC, se les dará traslado a los Organismos competentes, informando al reclamado d dicha circunstancia.

EDUCACION Y FORMACION EN MATERIA DE CONSUMO

La educación es un instrumento imprescindible para mejorar los conocimientos y la capacidad crítica de los ciudadanos sobre los distintos aspectos del consumo.

El objetivo que persigue es la preparación de consumidores críticos, responsables y solidarios.

Desde la OMIC se vienen realizando en estos últimos años, distintas actividades relacionadas con la educación al consumidor, haciendo una especial incidencia en los grupos de ciudadanos que pueden tener una especial indefensión en los distintos aspectos de los actos de consumo (personas mayores, niños etc.).

INSPECCION Y CONTROL DE MERCADO

El Ayuntamientote Collado Villalba, en cumplimiento del mandato formulado en el artículo 51 de la Constitución Española y en función de su marco competencial, vela por los legítimos intereses de los consumidores mediante los sistemas de inspección y control a este fin establecidos.

El Servicio de inspección se organiza según las siguientes pautas:

          · Actuaciones no programadas

Las inspecciones y controles se deben a denuncias de los ciuddanos, a peticiones puntuales generadas por nuestros propios servicios o a petición de otros.

          · Actuaciones programadas

Se seleccionan y diseñan en función de los siguientes criterios:

           a) Control de los productos y servicios de uso más común o general

           b) Sectores o productos de mayor grado de conflictividad por reclamaciones o antecedentes que indiquen riesgos, fraudes o irregularidades generalizadas

           c) Investigar nuevos productos o servicios, para detectar practicas de riesgo o fraudes

           d) Modificación sustancial del marco jurídico por la aparición de nuevas normas generales o específicas.

Las campañas programadas  que se realizarán durante el año 2007 son las siguientes:

          Campaña de controles generales en establecimientos de venta de productos

          Campaña de controles generales en establecimientos prestadores de servicios

          Campaña sobre veracidad informativa en folletos publicitarios

          Campaña de etiquetado y garantía en artículos fotograficos.

          Campaña sobre artículos deportivos.

Desde el Área de Consumo se verifican las comunicaciones que se reciben desde la Red de Alerta sobre productos peligrosos que pudieran estar a la venta.

EDICIÓN, ENTREGA Y CONTROL DE LAS HOJAS DE RECLAMACIONES

De acuerdo con el régimen competencial establecido en el artículo 63 de la Ley 11/1998 de 9 de julio corresponde a los Ayuntamientos la edición y la distribución de las hojas de reclamaciones y de los carteles informativos correspondientes a los empresarios obligados a tenerlos y que radique su actividad en el municipio, exceptuando los dedicados a la venta ambulante, sin perjuicio de las competencias que se otorgan a los Organos autonómicos.

La distribución de las hojas de reclamaciones se realiza por este Servicio Municipal de Consumo.

Las hojas de reclamaciones están integradas por un juego unitario de impresos autocalcables, están integradas por un folio original de color blanco, como ejemplar para la Administración, una primera copia de color rosa, como ejemplar para la empresa o profesional y una segunda copia de color verde como ejemplar para el consumidor.

Todos los profesionales que estén obligados disponer de hojas de reclamaciones deberán exhibir en el establecimiento en lugar visible donde proceda, de modo permanente y perfectamente visible al público, un cartel en el que figura la leyenda “EXISTEN HOJAS DE RECLAMACIONES A DISPOSICION DEL CONSUMIDOR”.

Para la obtención de las hojas las personas físicas y jurídicas obligadas, deberán dirigirse al Área de Consumo de este Ayuntamiento aportando la siguiente documentación:

         - Original de Licencia Municipal de Apertura en caso de tener establecimiento abierto al público.

         - Original de Alta en Actividades Económicas

El profesional, la persona responsable o cualquier empleado del establecimiento deberá facilitar de manera obligatoria y gratuita al consumidor que se lo solicite, un juego de hojas de reclamaciones con el fin de que formule la reclamación que considere pertinente.

Todo lo referente a las hojas de reclamaciones viene regulado en el Decreto 152/2001 de 13 de septiembre por el que se aprueba el reglamento de la Ley 11/1998 de 9 de julio de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.

MERCADILLO AMBULANTE

El mercadillo en este municipio, se lleva a cabo los martes y viernes de cada semana en horario de mañana (a excepción de los días festivos), en la denominada plaza de Los Belgas, cuenta con 163 puestos colocados por calles donde se pueden adquirir todo tipo de frutas y verduras, así como ropa, calzado, menaje etc.

La organización, intervención e inspección del mercadillo corresponde a la Concejalía de Sanidad y Consumo, sin perjuicio de las competencias correspondientes de intervención de las Áreas de Medioambiente y Seguridad.

El Área de Consumo se encarga de observar la correcta aplicación de la Ordenanza Reguladora de Venta Ambulante en Mercadillos y Puestos Aislados, publicada en el BOCM de fecha 24 de mayo de 2000 y modificada en BOCM de 21 de febrero de 2003.

Para comprobar el cumplimiento de dicha Ordenanza desde esta área se realizan visitas sistemáticas de inspección y control los días de mercadillo.

COLEGIO ARBITRAL

El Colegio Arbitral de Collado Villalba actúa como delegación de la Junta Regional de Arbitraje de Consumo, en nuestra ciudad.

Nuestro Colegio Arbitral se constituyo el 12 de febrero de 2003, siendo uno de los cinco municipios de toda la Comunidad de Madrid que dispone de este servicio.

El Arbitraje de Consumo es un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos entre consumidores y empresarios. Las principales características de este Sistema son:

        ·  Es voluntario para las partes

        ·  Es vinculante y ejecutivo, la resolución arbitral denominada “laudo” vincula a las partes

        ·  Es gratuito en todas sus fases salvo los costes de las pruebas que solicita cada parte

        ·  Esta ausente de formalismos, no precisa ni abogado ni procurador

        ·  Tiene carácter de imparcialidad y equidad

        .  Es un sistema rápido y sencillo

El Colegio Arbitral de Collado Villalba dispone de un sistema de video-conferencia que facilita la asistencia a las Vistas a las distintas partes y economiza en tiempo y gastos al evitar los desplazamientos.